Autoentradak sortutako interes gatazka

Eleria. Euskal Herriko Legelarien Aldizkaria

Leiñena Mendizabal, Elena

Año publicación:
2009
Lugar publicación:
Donostia-San Sebastián
ISSN:
1137-1951

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Resumen

La Comisión de Derecho Mercantil es la institución ejemplar a la que se recurre habitualmente para el tráfico habitualmente para el tráfico jurídico económico. De acuerdo con la ley, el encargo del comitente de efectuar un negocio jurídico deberá llevarse a cabo entre el comisionista y un tercero. El negocio no puede hacerse en su nombre, ni tampoco en su propio beneficio. Es decir, no lo puede efectuar mediante la denominada autoentrada (self-dealing). Pero en situaciones concretas de ciertas áreas del comercio y de la economía, es mejor minimizar y aceptar el conflicto de intereses que la autocontratación pueda causar entre dos partes, que perder el negocio, como se pone de manifiesto en el presente trabajo de investigación.
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