Qué son y para qué sirven los Derechos Históricos

Revista Internacional de los Estudios Vascos. RIEV, 44, 2

HERRERO DE MIÑÓN, Miguel

Año publicación:
1999
ISSN:
0212-7016

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Resumen

La A.P. (Adicional Primera) de la CE (Constitución del Estado) es plenamente normativa y añade algo al conjunto de la CE (Constitución del Estado): el reconocimiento de cuerpos políticos diferentes cuya expresión jurídica son los Derechos Históricos. Los Territorios Históricos de Euskadi, el propio Euskadi y Navarra, son los titulares de los Derechos Históricos a los que la Constitución se refiere, si bien es posible extender la aplicación de la A.P. a Cataluña y Galicia. La actualización de los Derechos Históricos, al realizarse paccionadamente, permite introducir el conceptode co-soberanía, es decir, de condicionamiento de la competencia sobre la propia competencia. Ello permite la integración voluntaria con el Estado constitucional.
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