El primer artículo de la Constitución española (1812) estipulaba que la nación española estaba formada por los españoles de ambos hemisferios. Para una cultura política e historiográfica basada en el principio de nacionalidad, esta afirmación no tiene ningún sentido, ya que cada nación necesita su propia constitución. No obstante, podría tener sentido en un mundo en el que el constitucionalismo precediera a la nacionalidad. Los itinerarios históricos paralelos de dos provincias privilegiadas de la monarquía española, una situada en Europa (Vizcaya) y la otra en América (Tlaxcala), frente a la crisis de la monarquía y el surgimiento del constitucionalismo pueden resultar de interés para entender el significado del constitucionalismo temprano en el mundo hispánico.
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